La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la absolución del ex vicepresidente y ex ministro de Economía, Amado Boudou, en el expediente en el que se lo había acusado de falsedad ideológica por una maniobra vinculada a la transferencia de un automóvil Honda modelo 1992.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti resolvieron rechazar por “inadmisible” el recurso extraordinario del Ministerio Público Fiscal, que buscaba anular la sentencia favorable al ex funcionario. Con esta decisión, quedó firme el fallo que lo desvincula definitivamente del caso.
La investigación comenzó por la supuesta inclusión de datos falsos en tres formularios de transferencia del vehículo, presuntamente con la intención de evitar que el bien fuera considerado durante el proceso de divorcio de su entonces esposa, Daniela Andriuolo, actualmente residente en Italia.
Boudou había sido sobreseído en 2017 por el Tribunal Oral Federal 1, que consideró prescripta la acción penal. Sin embargo, la Cámara Federal de Casación Penal revocó esa decisión y ordenó realizar un nuevo juicio. Dos años después, el Tribunal Oral Federal 8 lo condenó a tres años de prisión, aunque lo absolvió en otra causa paralela por la compra de autos oficiales.
La historia judicial continuó en la Sala IV de Casación, donde los jueces Carlos Mahiques y Ángela Ledesma —con la disidencia de Javier Carbajo— anularon la condena y dispusieron su absolución. Según el voto mayoritario, no existían pruebas que vincularan directamente a Boudou con los gestores del trámite, mientras que Ledesma cuestionó la extensión del proceso y la incertidumbre a la que fue sometido el acusado.
El fiscal Raúl Pleé, acompañado por el procurador interino Eduardo Casal, intentó revertir esa resolución alegando arbitrariedad, pero la Corte Suprema aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que permite desestimar recursos sin emitir fundamentos.






